BASES POR EL QUE SE REGIRÁN LAS CONDICIONES DE LA ADJUDICACIÓN DEL USO PRIVATIVO DE ESPACIOS PÚBLICOS DE TITULARIDAD MUNICIPAL PARA LA INSTALACIÓN DE BARRAS QUE DEN SERVICIO DE HOSTELERÍA DURANTE FIESTA JOVEN EN DOS TORRES DIRIGIDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO

1ª.- OBJETO DEL CONTRATO

Es objeto del contrato la explotación del servicio de barra de bar en Fiesta Joven programada para el día 03 de diciembre en el pabellón municipal.

El servicio a prestar es el de restauración con servicio de bebidas de todo tipo, con entrada libre para todos los ciudadanos durante la celebración de la misma.

Las presentes bases están dirigidas única y exclusivamente a entidades sin ánimo de lucro del municipio de Dos Torres.

2º.- NATURALEZA JURÍDICA Y ÓRGANO COMPETENTE

 

De conformidad con lo dispuesto en el art. 9 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de contratos del Sector Público, nos encontramos ante un negocio excluido del ámbito de aplicación de la normativa vigente en materia de contratación del sector público.

A tal efecto, la presente licitación se regirá por las determinaciones recogidas en la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía y el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.

El órgano competente para contratar es Alcaldía-Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de

Régimen Local.

El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.

3º.- PLAZO DE EJECUCIÓN Y HORARIO

 

El servicio se presentará durante la noche del día 3 a 4 de diciembre de 2022 en horario de 22:00 h a cierre.

4º.- CANON

Estando dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, con el objetivo de que puedan obtener beneficios para sus objetos sociales, el presente servicio no tendrá que abonar ningún canon.

5ª. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

 

Las entidades interesadas deberán presentar sus proposiciones durante los días 28 y 29 de noviembre, en el Registro de entrada del Ayuntamiento, o por vía telemática por la Sede Electrónica.

6ª. APERTURA DE PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN

 

La adjudicación se realizará el siguiente día hábil, es decir, el día 30 de noviembre mediante sorteo público en el Salón de Plenos, al que podrán presentarse toda persona interesada.

 

En el caso de que ninguna entidad solicitara participar en el montaje y explotación de la barra, el Ayuntamiento podrá adjudicarla a cualquier otra persona interesada en participar.

7ª DEBERES Y OBLIGACIONES DEL  ADJUDICATARIO

 

Es deber de la entidad adjudicataria:

  1. a) El adjudicatario deberá abrir la barra mientras dure la celebración de la fiesta en concreto.
  2. b) El adjudicatario se compromete a cumplir el horario de apertura y cierre del local establecido por el Ayuntamiento.
  3. c) El adjudicatario asumirá todas las obligaciones Administrativas, Sanitarias, Mercantiles Civiles laborales y fiscales que se deriven de la ejecución del contrato, quedando el Ayuntamiento eximido de asumir obligaciones de éste tipo.
  4. f) Será causa de rescisión del convenio la venta de alcohol a menores, independientemente de las sanciones que pudieran imponérsele al adjudicatario por estos hechos.
  5. g) El adjudicatario se obliga a entregar en éste Ayuntamiento una propuesta de precios de las distintas bebidas que se vayan a servir, debiendo ser esta aceptada por el Ayuntamiento. En ningún caso podrán ser precios que estén por debajo de los precios habituales de los bares del pueblo.
  6. h) Será por cuenta del adjudicatario todo el material, maquinaria y utensilios de hostelería necesarios para el desarrollo de la actividad.
  7. i) Será por cuenta del adjudicatario la limpieza de los recintos incluidos los baños, que deberá quedar en las mismas condiciones en que le fue entregada al adjudicatario.
  8. j) El adjudicatario contratará su propio personal para desarrollar el servicio, en especial una persona de seguridad, dejando constancia a estos de la no dependencia ni responsabilidad de este Ayuntamiento en relación con el personal que trabaje en la caseta.

Será obligación del contratista:

  1. Durante el desarrollo del contrato, el contratista es responsable de los defectos que en la ejecución de los trabajos puedan advertirse.
  2. Será obligación del adjudicatario indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen a bienes patrimoniales o personales de terceros o de los propios trabajadores con ocasión de la prestación de la actividad que se ejerza en el bien inmueble.
  3. Ingresar en la Tesorería Municipal una fianza de 100 € que será devuelta a la finalización del evento, previa comprobación por los servicios técnicos de que no haya ningún desperfecto y que las instalaciones hayan quedado en condiciones óptimas de limpieza.

8ª OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO

  1. Poner a disposición del adjudicatario los bienes e instalaciones convenidas.
  2. Velar por la correcta prestación objeto del presente contrato.
  3. La Delegación de Festejos contratará un d´js que actué durante la fiesta.
  4. Proporcionar los suministros básicos de agua y luz eléctrica.

 

9ª. RIESGO Y VENTURA

 

El contrato se entenderá aceptado a riesgo y ventura para el adjudicatario, entendiéndose otorgado el contrato salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.

El Ayuntamiento no se hará cargo responsable de la falta de pago de los adjudicatarios a sus proveedores.

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