BENEFICIARIOS.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las Cofradías, Hermandades y demás Entidades Religiosas inscritas en el Registro de Entidades Religiosas, conforme al Real Decreto 594/2015, de 3 de julio y estén erigidas Canónicamente (Decreto de Erección Canónica, según el Código Derecho Canónico, en sus cánones 301, 312, 313 y 314), que tengan la propiedad, la posesión o sean titulares de otros derechos sobre bienes muebles del patrimonio cofrade de la provincia de Córdoba.
OBJETO Y FINALIDAD.
La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Cofradías, Hermandades, y demás Entidades religiosas para proyectos de restauración del patrimonio mueble cofrade en la Provincia de Córdoba: Pintura, Escultura, Orfebrería, Joyería, Textiles y Pasos y/o Tronos.
PLAZO.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (22/07/2024) hasta el 10 de septiembre de 2024.
SERVICIO DE ATENCIÓN: El Servicio de Presidencia de la Diputación de Córdoba ha establecido un servicio de información y asesoramiento que se atenderá a través del email: serviciopresidencia@dipucordoba.es