A partir del día 2 hasta el día 13 de junio, se abre plazo al objeto de presentación de solicitudes para la cobertura de necesidades transitorias de personal temporal al servicio del Ayuntamiento de Dos Torres en la categoría profesional:
• SOCORRISTAS ACUÁTICOS
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el procedimiento de concurso de méritos, de socorristas acuáticos para la piscina municipal de Dos Torres en régimen laboral y con carácter temporal durante su período de apertura del presente año.
La solicitud y la documentación se presentará en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, o por los medios previstos en la Ley, hasta las 14:00 horas.
Las bases de la presente convocatoria se encuentran publicadas a continuación.
BASES DE SELECCIÓN MEDIANTE CONCURSO DE MÉRITOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SOCORRISTAS ACUÁTICOS PARA LA PISCINA MUNICIPAL DE DOS TORRES DURANTE LA TEMPORADA 2025
Base 1ª. Objeto del contrato.
Es objeto de las presentes bases la regulación de la provisión, por el procedimiento de concurso de méritos, de socorristas acuáticos para la piscina municipal durante su período de apertura del presente año. Por razones sobrevenidas motivadas por cualquier circunstancia que dificulte llevar a cabo la actividad, los períodos de contratación o las tareas a desempeñar en el puesto de trabajo pueden ser modificadas para adaptarse a la nueva situación, según las necesidades de este Ayuntamiento.
Base 2ª. Perfil y/o condiciones requeridas a los aspirantes.
Para tomar parte en el proceso de selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
– Estar en posesión del título acreditativo de socorrista acuático, y en su caso, título del curso de reciclaje o certificado acreditativo de haber realizado el curso.
– Tener más de 18 años.
– No padecer enfermedad que impida totalmente el desempeño de las funciones de un socorrista.
– No encontrarse incurso en expediente disciplinario de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
– Presentar Certificado de delitos de naturaleza sexual
En cuanto a formación académica se valorará:
– Estar en posesión del título de Monitor de Natación expedido por la Real Federación Española o Andaluza de Natación (o por otra entidad si está el título debidamente homologado).
– Poseer el título de profesor de Educación Física.
– Poseer el título de maestro (diplomatura o grado) de Educación Física.
– Poseer el título de enfermería (diplomatura o grado).
– Poseer el título de grado formativo en sanidad y salud.
– Estar en posesión de título de Técnico en Actividades Físico Deportivas (TAFAD).
– Poseer el título de Bachiller o Formación Profesional.
– Poseer diplomas de cursos relacionados con la actividad de socorrismo.
Base 3ª. Solicitudes.
Los aspirantes a esta convocatoria deberán presentar en el Registro de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Dos Torres, la documentación acreditativa de los méritos junto con una solicitud, informe de vida laboral actualizado, Currículum Vitae, fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor y certificado de empadronamiento histórico, encontrándose el plazo abierto desde el día 2 hasta el día 13 de junio hasta las 14:00 horas.
Base 4ª. Fases del procedimiento y valoración.
El proceso de selección consta de dos fases: concurso de méritos y entrevista personal.
Formación:
– Título de Monitor de Natación expedido por la Real Federación Española o Andaluza de Natación (o por otra entidad si está el título debidamente homologado) 0,4 puntos
– Título de profesor de Educación Física (grado o equivalente) 2,0 puntos
– Título de enfermería (diplomatura o grado) 1,0 puntos
– Título de grado formativo en sanidad y salud 0,5 puntos
– Título de Técnico en Actividades Físico Deportivas (TAFAD) 0,5 puntos
– Título de Bachiller o Formación Profesional 0,5 puntos
– Diplomas de cursos relacionados con la actividad de socorrismo. Por cada curso superior a 10 horas lectivas 0,2 puntos hasta un máximo de 1 punto
Experiencia laboral en el sector:
– Desempeño del puesto de socorrista acreditado documentalmente (vida laboral), 0,20 puntos por cada temporada, hasta un máximo de 2 puntos.
Otros:
– Encontrarse empadronado en Dos Torres durante los últimos cinco años, que deberá acreditarse mediante certificado histórico de empadronamiento expedido por este Ayuntamiento 5,0 puntos
Entrevista personal: Máximo 4 puntos
Se realizará una entrevista personal de carácter subjetivo en la que se valorarán las aptitudes que cada aspirante demuestre frente a los casos que se les exponga por el técnico deportivo presente.
La entrevista será únicamente presencial.
No se admitirá la entrega de documentación alguna que acredite méritos en la fase de entrevista.
Base 5ª. Procedimiento de selección.
Una vez recogidas las solicitudes, y vista la documentación presentada, se publicará la lista de admitidos y fecha, lugar y hora de la entrevista personal.
Toda la documentación a presentar deberá ser entregada dentro del plazo establecido.
No se admitirá ninguna documentación fuera de plazo.
En caso de encontrarse excluido de la lista, podrá hacerse la oportuna reclamación en el período de dos días hábiles ante este Ayuntamiento.
Una vez finalizadas las entrevistas a todos los aspirantes, el Ayuntamiento dispondrá de un plazo de dos días para publicar la lista de los adjudicatarios de los puestos de socorrista.
Base 6ª. Comisión de selección.
Al amparo de lo dispuesto en el art. 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril y en el art. 11 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el tribunal calificador del concurso se constituirá de la siguiente forma: Presidente, Secretario y un vocal, todos con voto, siendo ostentado el de Presidente y el de vocal, en cada caso, por personal laboral de este Ayuntamiento, y el de Secretario por el Secretario del Ayuntamiento.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de todos sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Las decisiones se adoptarán por mayoría. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los art. 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, notificándolo a la autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusarlos en forma legal. En la misma resolución en la que se apruebe definitivamente la lista de aspirantes admitidos y excluidos, se fijará la composición del órgano de selección a efectos de poder promover, en caso de que proceda, la recusación de sus miembros. La resolución se anunciará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web. Para aquellas pruebas que lo requieran el órgano de selección podrá nombrar colaboradores, especialistas y ayudantes, que estarán siempre bajo su dirección y control directos, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas en base a las cuales colaborarán con el órgano de selección con voz, pero sin voto. Los asesores y especialistas estarán sometidos a las mismas causas de abstención y recusación que los miembros del órgano de selección. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso, en aquellos aspectos no previstos por estas bases.
Base 7ª. Criterios para dirimir empates.
En el supuesto de que varios candidatos queden empate, se adoptarán los siguientes criterios por orden hasta que quede resuelto:
1º.- La persona que obtenga mayor puntuación en el concurso de méritos.
2º.- La persona que obtenga mayor puntuación en la entrevista.
Base 8ª. Incidencias
La solicitud para tomar parte en la convocatoria, constituye el sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de Ley reguladora de esta convocatoria.
El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden de la oposición en aquellos aspectos no previstos en estas bases.
CONSULTA LAS BASES TAMBIÉN AQUÍ: BASES SOCORRISTAS VERANO 2025